Abogados laboralistas para trabajadores y empresas
Abogados laboralistas en Guadalajara, dedicados en exclusiva al derecho del trabajo y de la Seguridad Social. Te defendemos en despidos, reclamaciones de salario, incapacidades, conflictos con la empresa o con la Seguridad Social, inspecciones de trabajo y actas de infracción, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, ERTE y ERE, desde la primera consulta hasta el juicio.
Datos aproximados del despacho a [PENDIENTE: fecha]. Los resultados de asuntos anteriores no garantizan el resultado de otros.
Laboral, siempre encendido
Labon une Laboral, nuestra especialidad, y on: disponibles, atentos y activos en cada asunto. Somos un equipo de abogados dedicados en exclusiva al derecho del trabajo y de la Seguridad Social, con práctica diaria ante los tribunales del orden social.
La defensa de los trabajadores es el centro de nuestra práctica. Esa misma experiencia en los juzgados es la que ponemos al servicio de las empresas que asesoramos.
Especialización, claridad e independencia en cada asunto
Especialización
Solo hacemos laboral y Seguridad Social. Conocemos los procedimientos, los plazos y los criterios de los tribunales.
Claridad
Explicamos las opciones sin tecnicismos y damos un presupuesto por escrito antes de empezar.
Independencia
Antes de aceptar un asunto comprobamos que no existe conflicto de intereses con ningún otro cliente.
Conoce a nuestro equipo de abogados laboralistas
Pedro Álvarez del Río
Abogado laboralista · Socio fundador
Colegiado nº [PENDIENTE]
Ainhoa Hinojal Borja
Abogada laboralista
Colegiada nº [PENDIENTE]
[PENDIENTE: nombre]
Abogado/a laboralista
Colegiado nº [PENDIENTE]
Nuestros servicios
Te acompañamos desde la primera consulta hasta el juicio y los recursos, frente a la empresa, el INSS o la mutua. Si eres empresa, te ayudamos a decidir con seguridad y a defenderte cuando hace falta.

Despidos
Disciplinarios, objetivos, colectivos o verbales. Revisamos la carta, calculamos la indemnización y defendemos tu posición.

Incapacidad permanente y Seguridad Social
Incapacidad permanente y temporal, altas médicas, contingencia y prestaciones ante el INSS y las mutuas.

Modificaciones sustanciales y traslados
Cambios de horario, turno, sueldo o funciones, traslados y movilidad geográfica.

ERE y ERTE
Despidos colectivos y expedientes de regulación temporal: periodo de consultas, negociación e impugnación.

Sanciones disciplinarias
Impugnación de sanciones y, para empresas, régimen disciplinario con todas las garantías.

Conciliación y jornada
Adaptación y reducción de jornada, permisos, excedencias y derecho al reingreso.

Salarios y cantidades
Nóminas impagadas, horas extraordinarias, finiquitos, diferencias por convenio, pluses y complementos.

Accidentes de trabajo
Reconocimiento del accidente o la enfermedad profesional, recargo de prestaciones e indemnización de daños.

Derechos fundamentales
Acoso laboral, discriminación, vulneración de la intimidad o de la libertad sindical.

Clasificación profesional
Reclamaciones de categoría y de diferencias salariales por realizar funciones superiores.

Representantes y sindicatos
Asesoramiento a comités, delegados y secciones sindicales, procesos electorales y conflictos colectivos.

Inspección de Trabajo
Requerimientos, actas de infracción y alegaciones para empresas; denuncias ante la Inspección para trabajadores.
Del primer contacto a la solución
Nos cuentas el asunto
Por teléfono, correo o en el despacho. Lo primero que revisamos es si hay algún plazo en marcha.
Analizamos la documentación
Contratos, nóminas, comunicaciones y convenio aplicable. Te explicamos opciones y riesgos con claridad.
Buscamos la mejor salida
Negociación, conciliación o acuerdo cuando conviene. Presupuesto por escrito antes de empezar.
Defendemos en el juzgado
Si no hay acuerdo, preparamos la demanda o la defensa, acudimos a juicio y, si hace falta, al recurso.
También asesoramos a empresas
Ayudamos a pymes y empresas de Guadalajara y del Corredor del Henares a gestionar su plantilla con seguridad jurídica. Conocemos cómo se litiga desde el lado del trabajador, y eso nos permite anticipar los riesgos.
- Asesoramiento laboral continuado con iguala mensual
- ERE, ERTE y modificaciones sustanciales de condiciones
- Despidos y régimen disciplinario
- Inspección de Trabajo y actas de infracción
- Defensa en conciliaciones y juicios laborales
En derecho laboral, el tiempo corre en tu contra
Algunos plazos son muy cortos y, si se pasan, la acción se pierde. Consúltanos en cuanto recibas una comunicación de la empresa.
Para reclamar un despido
Art. 59.3 ET y art. 103.1 LRJS. La papeleta de conciliación interrumpe el plazo.Para impugnar un cambio de condiciones o un traslado
Art. 59.4 ET, desde el día siguiente a la notificación de la decisión empresarial.Para reclamar salarios y otras cantidades
Art. 59.1 y 59.2 ET, desde que la acción pudo ejercitarse.Información general. Cada caso tiene sus particularidades.
Lo que más nos preguntan
Me han despedido. ¿Cuánto tiempo tengo?
Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido; no cuentan sábados, domingos ni festivos. Es un plazo de caducidad: si pasa, ya no se puede reclamar. Presentar la papeleta de conciliación lo interrumpe.
¿Debo firmar el finiquito?
Firmar el recibí no te obliga a estar de acuerdo con su contenido. Si no estás conforme, puedes añadir «no conforme» junto a tu firma. Ante la duda, consúltanos antes de firmar.
El INSS me ha denegado la incapacidad permanente. ¿Qué puedo hacer?
Antes de acudir al juzgado hay que presentar una reclamación previa ante el INSS en el plazo de treinta días desde la notificación de la resolución. Si la reclamación se desestima, hay otros treinta días para presentar la demanda (art. 71 LRJS). Revisamos tu expediente y los informes médicos para valorar si merece la pena recurrir.
Soy empresa: ¿tengo que escuchar al trabajador antes de un despido disciplinario?
Sí, con carácter general. Desde la STS 1250/2024, de 18 de noviembre, el Tribunal Supremo exige ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos antes de despedirle por su conducta o su rendimiento (art. 7 del Convenio 158 de la OIT). Conviene preparar y documentar ese trámite antes de entregar la carta.
¿Qué documentos necesito para la primera consulta?
La carta o comunicación de la empresa, el contrato, las últimas nóminas, el informe de vida laboral y, si lo tienes, el finiquito. Si eres empresa, la documentación del trabajador o del expediente y el convenio colectivo aplicable.
¿Atendéis fuera de Guadalajara capital?
Sí. Atendemos en toda la provincia de Guadalajara, incluido el Corredor del Henares, y también en Madrid.
¿Cuánto cuesta?
Antes de empezar te damos un presupuesto por escrito con los honorarios y la forma de pago. [PENDIENTE: condiciones de la primera consulta]
Blog
Sentencias, novedades normativas y guías prácticas de derecho laboral y de la Seguridad Social, explicadas con claridad.

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Leer másLos artículos del blog son información general y no sustituyen el asesoramiento sobre un caso concreto.
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